Texto Texto Texto; Fecha de entrada en vigor: 11.12.2008 : Fecha fin vigencia: 31.03.2010 : Esta disposición afecta a: Deroga a : DECRETO 190/2001, de 11 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el derecho de admisión a los establecimientos públicos donde se realizan espectáculos y actividades recreativas.

Seguroque has visto algún cartel que ponga “reservado el derecho de admisión”, siendo muy habitual en negocios de hostelería. En España, este derecho está recogido en diferentes

Legislaciónactual sobre el derecho de admisión en hostelería. La legislación vigente sobre el derecho de admisión en hostelería, espectáculos públicos y actividades recreativas, es una norma a nivel autonómico, ya que las comunidades autónomas tienen la competencia exclusiva en esta materia. En el caso de Andalucía
Deigual manera, los establecimientos se pueden reservar el derecho de admisión y permanencia en los casos en que la persona no hubiera abonado su entrada, cuando carezca de la edad mínima exigible para acceder al local, cuando supere el horario de cierre, cuando el aforo esté completo o cuando no se cumpla con algunas de las
Hoyen día, todavía hay muchos locales de entretenimiento donde se puede encontrar un cartel que dice “derecho de admisión reservado”.

Estederecho aparece recogido en el artículo 59.1.e) del Real Decreto 2816/1982, de 27 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas, que establece que el público tiene prohibido “entrar en el recinto o local sin cumplir los requisitos a los que la Empresa tuviese

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